Responsabilidad Penal Persona Jurídica
Informamos a ustedes que CAPREVA S.A ha diseñado e implementado su propio Modelo Prevención de Delitos (MPD), en referencia a la Ley Nº 20.393. Este modelo contempla diversas acciones de control sobre procesos o actividades vinculadas al negocio que pudieran presentar potenciales riesgos de los delitos señalados en la Ley Nº 20.393 con el objeto de prevenir y detectarlos oportunamente. El cumplimiento de este Modelo Prevención de Delitos es obligatorio para todos los colaboradores y terceras partes vinculadas a CAPREVA S.A., tales como:
• Trabajadores de CAPREVA S.A
• Clientes, Proveedores, Prestadores de servicios, Contratistas y Subcontratistas.
• Directores y ejecutivos principales, y
• Todos quienes realicen actividades de administración y supervisión para CAPREVA S.A.
Política de Prevención de Delitos Ley 20.393
En esencia, la Ley 20.393 establece que existen ciertos tipos de delitos que, en caso de ser cometidos por una persona natural y que vayan directamente en beneficio de alguna empresa, la sanción recae no solamente en quien comete la acción, sino, en
la persona jurídica detrás. Éstos son:
1. Lavado de Activo.
2. Financiamiento al Terrorismo.
3. Cohecho a funcionario público nacional o extranjero.
4. Receptación de especies.
5. Soborno entre particulares.
6. Administración Desleal.
7. Apropiación indebida.
8. Negociación incompatible.
9. Contaminación de aguas.
10. Comercialización de productos vedados.
11. Pesca ilegal de recursos del fondo marino.
12. Procesamiento y almacenamiento ilegal de productos colapsados o sobrexplotados.
13. Obtención fraudulenta de beneficios de desempleo que dispone la Ley 21.227.
14. Inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria. Cualquiera de estos delitos cometidos en beneficio directo por parte de sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración, se sancionarán de acuerdo a esta Ley, siempre y cuando la comisión del delito sea consecuencia del incumplimiento de dirección y supervisión de la empresa. En este caso, la persona jurídica responderá penalmente cuando los delitos hayan sido cometidos por personas naturales que estén bajo la supervisión directa de alguno de los sujetos anteriormente nombrados.
Se considerará que los deberes de dirección y supervisión se han cumplido cuando, con anterioridad a la comisión del delito, la persona jurídica hubiere adoptado e implementado un Sistema de Prevención de Delitos, conforme a lo dispuesto en la Ley 20.393.
¿Cómo eximirse de la responsabilidad penal?
a. Designando un Encargado de Prevención de Delitos.
b. Proveer de medios y facultades suficientes al Encargado de Prevención de Delitos.
c. Establecer un Sistema de Prevención de Delitos.
d. Supervisar y Certificar el Sistema de Prevención de Delitos.
¿Qué debe hacer en caso de estar en conocimiento de algún delito establecido en la Ley 20.393?
Toda persona que detecte la existencia de una situación irregular respecto de lo establecido por el MPD y la Ley 20.393, debe denunciar en forma personal o anónima tal situación a través del canal de denuncias que CAPREVA S.A. ha implementado para esto y que está disponible en este sitio web.
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